\n<\/aside>\n<\/p>\n
Apple y otras importantes empresas tecnol\u00f3gicas no tienen que compensar a las v\u00edctimas del trabajo infantil forzoso que proporcion\u00f3 cobalto para las bater\u00edas de iones de litio utilizadas en muchos dispositivos electr\u00f3nicos, dictamin\u00f3 un tribunal de apelaciones de Estados Unidos. La demanda presentada por ex mineros de la Rep\u00fablica Democr\u00e1tica del Congo alegaba que Apple, Alphabet, Dell, Microsoft y Tesla violaron una ley de tr\u00e1fico que hace ilegal participar en una \u00abempresa\u00bb que se dedica a trabajos forzados.<\/p>\n
\u00abLos demandantes alegan que las empresas de tecnolog\u00eda participaron en una empresa con sus proveedores de cobalto comprando el metal a trav\u00e9s de la cadena de suministro global\u00bb, se\u00f1al\u00f3 el Tribunal de Apelaciones de Estados Unidos para el Circuito del Distrito de Columbia en su fallo emitido ayer.<\/p>\n
Un tribunal de distrito de Estados Unidos desestim\u00f3 previamente la demanda y un panel de tres jueces de un tribunal de apelaciones confirm\u00f3 un\u00e1nimemente la desestimaci\u00f3n ayer. \u00abComprar una cantidad no especificada de cobalto a trav\u00e9s de la cadena de suministro global no es ‘participar en una empresa’ en el sentido de la TVPRA. [Trafficking Victims Protection Reauthorization Act of 2008]\u00bb, dice el fallo. \u00abPor lo tanto, confirmamos la desestimaci\u00f3n de la demanda por parte del tribunal de distrito\u00bb.<\/p>\n
Los demandantes en John Doe 1, et al. contra Apple Inc., et al.<\/em> Entre ellos se incluyen cuatro ex mineros, siete representantes legales de ex mineros que a\u00fan son ni\u00f1os y cinco representantes de ni\u00f1os trabajadores que murieron en operaciones mineras de cobalto, seg\u00fan el fallo. Los mineros fueron \u00abreclutados cuando eran ni\u00f1os para participar en operaciones mineras peligrosas y sufrieron derrumbes de t\u00faneles, ca\u00eddas y otros accidentes que los dejaron paralizados, desfigurados o algo peor\u00bb, dice el fallo.<\/p>\n\u00abEl trabajo forzoso fue organizado o supervisado por agentes o subsidiarias de los proveedores de cobalto de las empresas tecnol\u00f3gicas\u00bb, escribieron los jueces. Los demandantes \u00abcomenzaron a minar a una edad temprana para evitar el hambre y mantener a sus familias\u00bb, y dicen que fueron presionados para permanecer en las minas a pesar de las condiciones de trabajo inseguras y explotadoras.<\/p>\n
Comprar cobalto no crea una \u201cempresa\u201d<\/h2>\n Empresas como Glencore, Huayou y Eurasian Resources Group obtienen cobalto de filiales en la Rep\u00fablica Democr\u00e1tica del Congo. Glencore vende cobalto a Umicore, que \u00abrefina el cobalto y lo vende a Apple, Alphabet y Microsoft, as\u00ed como a intermediarios que a su vez venden a Dell y Tesla\u00bb, dice el fallo. Huayou vende cobalto procesado a Apple, Dell y Microsoft, y Eurasian Resources posee una mina desde la cual vende cobalto a Tesla.<\/p>\n\n Anuncio <\/span> <\/p>\n<\/aside>\n\u00abVarios demandantes insisten en que estaban atrapados en una ‘situaci\u00f3n de servidumbre por deudas’ donde los ‘patrocinadores’ daban alimentos y fondos como anticipo pero deduc\u00edan el monto del anticipo, junto con otros costos, de las ganancias de los demandantes cuando se vend\u00eda el cobalto. \u00ab, dec\u00eda el fallo. \u00abA otros mineros se les dijo que si no continuaban trabajando en las minas, ser\u00edan incluidos en la lista negra y se les prohibir\u00eda trabajar en otras minas de la regi\u00f3n\u00bb.<\/p>\n
En un escrito, las empresas de tecnolog\u00eda dijeron que la demanda estaba dirigida a \u00abcinco compradores de cobalto refinado muy alejados de los abusos laborales que supuestamente ocurren en las minas de cobalto\u00bb. El escrito dec\u00eda que los acusados \u200b\u200b\u00bbhan establecido pol\u00edticas y pr\u00e1cticas de diligencia debida para erradicar el trabajo infantil en la red internacional de sus proveedores\u00bb y que las \u00abpresuntas lesiones no son razonablemente rastreables\u00bb hasta la conducta de ninguno de los acusados.<\/p>\n
Los demandantes argumentaron que la cadena de suministro global de cobalto es una \u00abempresa\u00bb tal como se define en la ley estadounidense y que las empresas de tecnolog\u00eda \u00abparticiparon en esa empresa con pleno conocimiento de que los proveedores de cobalto y sus empresas mineras subsidiarias empleaban y traficaban con trabajo forzoso\u00bb, seg\u00fan el fallo. dicho. Solicitaron da\u00f1os financieros, medidas cautelares y otros recursos en nombre de ellos mismos y de \u00abuna clase de ni\u00f1os mineros en situaci\u00f3n similar en la Rep\u00fablica Democr\u00e1tica del Congo\u00bb.<\/p>\n
Los jueces del tribunal de apelaciones dictaminaron que los demandantes tienen legitimaci\u00f3n activa para presentar reclamaciones por da\u00f1os y perjuicios por lesiones y muertes, pero no estuvieron de acuerdo con los demandantes en que las empresas tecnol\u00f3gicas estadounidenses sean responsables:<\/p>\n
\nLos demandantes no han alegado adecuadamente que las empresas tecnol\u00f3gicas participaron en una empresa porque no existe una empresa compartida entre las empresas y los proveedores que facilitan el trabajo forzoso. Las empresas tecnol\u00f3gicas no tienen ning\u00fan inter\u00e9s en sus proveedores. Las empresas tecnol\u00f3gicas tampoco comparten los beneficios y riesgos de los proveedores. Aunque no es necesaria una relaci\u00f3n comercial formal para participar en una empresa, se requiere algo m\u00e1s que una transacci\u00f3n ordinaria entre comprador y vendedor para establecer la \u00abparticipaci\u00f3n\u00bb en una empresa il\u00edcita.<\/p>\n<\/blockquote><\/div>\n
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