{"id":737658,"date":"2023-07-20T09:16:03","date_gmt":"2023-07-20T09:16:03","guid":{"rendered":"https:\/\/magazineoffice.com\/instagram-supera-la-demanda-por-infraccion-de-derechos-de-autor-con-fotos-incrustadas\/"},"modified":"2023-07-20T09:16:07","modified_gmt":"2023-07-20T09:16:07","slug":"instagram-supera-la-demanda-por-infraccion-de-derechos-de-autor-con-fotos-incrustadas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/magazineoffice.com\/instagram-supera-la-demanda-por-infraccion-de-derechos-de-autor-con-fotos-incrustadas\/","title":{"rendered":"Instagram supera la demanda por infracci\u00f3n de derechos de autor con fotos incrustadas"},"content":{"rendered":"


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Un panel de tres jueces de la Corte de Apelaciones del Noveno Circuito de EE. UU. fall\u00f3 a favor de Instagram, propiedad de Meta, luego de que un par de fot\u00f3grafos acusaran al gigante de las redes sociales de infracci\u00f3n de derechos de autor. <\/em> La esencia b\u00e1sica del caso fue que Instagram viol\u00f3 los derechos de autor al permitir que sitios web y publicaciones externos incrustaran im\u00e1genes sin el consentimiento expl\u00edcito de los creadores de contenido.<\/p>\n

El caso se remonta a 2016, cuando Tiempo<\/em> insert\u00f3 una imagen de Instagram de Hillary Clinton tomada por el fot\u00f3grafo Matthew Brauer sin pedir permiso. En 2020, zumbido <\/em>hizo lo mismo con una foto tomada por Alexis Hunley de una protesta de Black Lives Matter. El par de fot\u00f3grafos demand\u00f3 a Instagram, alegando que la compa\u00f1\u00eda de redes sociales nunca pidi\u00f3 a terceros que obtuvieran una licencia para insertar fotos o videos con derechos de autor, lo que los expone a un cargo de infracci\u00f3n secundaria.<\/p>\n

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La demanda se inici\u00f3 originalmente en California en 2021, pero un juez la desestim\u00f3 con el argumento de que los medios de comunicaci\u00f3n en cuesti\u00f3n no almacenaron la imagen original ni mostraron una copia. M\u00e1s bien, solo mostraba lo que ya estaba disponible a trav\u00e9s de Instagram como una inserci\u00f3n. La pareja apel\u00f3 esta decisi\u00f3n, que ahora ha fallado en un tribunal federal. El razonamiento sigue al acuerdo de los jueces de que cuando se incrusta una foto o un video, no se hace ninguna copia del contenido subyacente.<\/p>\n

Vale la pena se\u00f1alar, sin embargo, que el panel federal de jueces dijo que Hunley y Brauer plantearon preocupaciones pol\u00edticas \u00abserias y bien argumentadas\u00bb con respecto a la capacidad de los titulares de derechos de autor para controlar y, en \u00faltima instancia, beneficiarse de su trabajo. Instagram tambi\u00e9n ha abordado el problema en a\u00f1os posteriores, agregando una opci\u00f3n en 2021 que permite a los usuarios hacer que las im\u00e1genes no se puedan insertar. Este cambio se produjo despu\u00e9s de que la plataforma fuera presionada por la Sociedad Estadounidense de Fot\u00f3grafos de Medios (ASMP) y la Asociaci\u00f3n Nacional de Fot\u00f3grafos de Prensa (NPPA).<\/p>\n

Este puede no ser el final del caso, ya que <\/em> que los fot\u00f3grafos pueden solicitar una nueva audiencia con un panel de 11 jueces seleccionados al azar, aunque Brauer y Hunley no han abordado este curso de acci\u00f3n.<\/p>\n

Tambi\u00e9n est\u00e1 el significado subyacente de esta decisi\u00f3n judicial. Por s\u00ed solo, el fallo indica que terceros, como publicaciones de medios, pueden incrustar fotos y videos a voluntad sin siquiera pedir permiso al creador del contenido original. Sin embargo, han estado apareciendo casos relacionados con diferentes resultados, preparando el escenario para un enfrentamiento en un tribunal superior en alg\u00fan momento.<\/p>\n

Por ejemplo, un juez de Nueva York dict\u00f3 una sentencia en 2018 cuando un fot\u00f3grafo demand\u00f3 a varias publicaciones despu\u00e9s de que incluyeran tuits con una imagen original de la leyenda de la NFL Tom Brady. El juez se puso del lado de la fot\u00f3grafa aqu\u00ed, afirmando en su decisi\u00f3n que \u00abel hecho de que la imagen estuviera alojada en un servidor propiedad de un tercero no relacionado y operado por este no los protege de este resultado\u00bb, y agreg\u00f3 que \u00aben ninguna parte la Ley de derechos de autor sugiere que la posesi\u00f3n de una imagen es necesaria para mostrarla. De hecho, el prop\u00f3sito y el lenguaje de la Ley respaldan el punto de vista opuesto\u201d.<\/p>\n

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