{"id":756952,"date":"2023-08-03T23:38:41","date_gmt":"2023-08-03T23:38:41","guid":{"rendered":"https:\/\/magazineoffice.com\/la-oficina-del-juez-de-la-ciudad-violo-el-requisito-de-equidad-el-tribunal-superior-absolvio-a-los-opositores-de-mascaras\/"},"modified":"2023-08-03T23:38:45","modified_gmt":"2023-08-03T23:38:45","slug":"la-oficina-del-juez-de-la-ciudad-violo-el-requisito-de-equidad-el-tribunal-superior-absolvio-a-los-opositores-de-mascaras","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/magazineoffice.com\/la-oficina-del-juez-de-la-ciudad-violo-el-requisito-de-equidad-el-tribunal-superior-absolvio-a-los-opositores-de-mascaras\/","title":{"rendered":"La oficina del juez de la ciudad viol\u00f3 el requisito de equidad: el tribunal superior absolvi\u00f3 a los opositores de m\u00e1scaras"},"content":{"rendered":"


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El tribunal establece que la tarea central de la polic\u00eda y el poder judicial es perseguir los delitos y no instigarlos.<\/p>\n

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Una persona mayor se ha negado repetidamente a usar una m\u00e1scara durante la pandemia. Como resultado, estuvo involucrado en varios casos criminales.<\/h2>\n

Gaetan Bally \/ Keystone<\/span><\/p>\n<\/div>\n<\/figcaption><\/figure>\n

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La oficina del juez de la ciudad de Z\u00farich trat\u00f3 injustamente a un opositor de m\u00e1scaras de 71 a\u00f1os. El tribunal superior lleg\u00f3 a esta conclusi\u00f3n en una sentencia escrita y confirm\u00f3 la absoluci\u00f3n de un juez del tribunal inferior de Z\u00farich. <\/p>\n

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Los hechos son completamente indiscutibles: un opositor suizo de m\u00e1scaras de 71 a\u00f1os se neg\u00f3 repetidamente a usar una m\u00e1scara facial durante la pandemia de Covid y, por lo tanto, estuvo involucrado en varios procesos penales.<\/p>\n

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Debido a que no hab\u00eda usado una m\u00e1scara en el transporte p\u00fablico, tuvo que presentarse el 18 de febrero de 2021 para un interrogatorio en la Oficina del Juez de la Ciudad de Z\u00farich. Tambi\u00e9n lo hizo sin una m\u00e1scara en la cara.<\/p>\n

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El magistrado a cargo del caso le pidi\u00f3 que expusiera sus razones. El interrogatorio termin\u00f3 despu\u00e9s de nueve minutos, y el juez de la ciudad present\u00f3 una denuncia contra el acusado ante el diputado.poseedor<\/em>oficina gubernamental; precisamente porque hab\u00eda acudido al interrogatorio sin mascarilla. <\/p>\n

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Como se desprende de la sentencia de la Corte Suprema, la Gobernaci\u00f3n aparentemente realiz\u00f3 entonces un interrogatorio, al que se present\u00f3 nuevamente el hombre sin cubrebocas, lo que deriv\u00f3 en una nueva denuncia penal. <\/p>\n

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Multa de 100 francos<\/span><\/h2>\n

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La sentencia concreta del Tribunal Supremo versa \u00fanicamente sobre el interrogatorio sin mascarilla por parte del juez de la ciudad el 18 de febrero de 2021. Por ello, el hombre fue sancionado con auto de sanci\u00f3n del 5 de noviembre de 2021 por violar la ordenanza Covid 19 con multa de 100 francos.<\/p>\n

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La raz\u00f3n dada fue que se neg\u00f3 a usar una m\u00e1scara facial en los interiores accesibles al p\u00fablico del centro de administraci\u00f3n sin poder dar una raz\u00f3n v\u00e1lida para la exenci\u00f3n de la obligaci\u00f3n de usar una m\u00e1scara. <\/p>\n

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El imputado apel\u00f3 contra la orden de sanci\u00f3n. El Tribunal de Distrito de Z\u00farich lo absolvi\u00f3 de las acusaciones el 25 de enero de 2022. Por otro lado, la oficina del gobernador del distrito de Z\u00farich apel\u00f3 al tribunal superior y exigi\u00f3 que se anulara la sentencia del tribunal de distrito y que los acusados \u200b\u200bfueran sentenciados de acuerdo con la orden penal.<\/p>\n

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Como es habitual en tales casos, la Corte Suprema emiti\u00f3 su veredicto por escrito sin audiencia. En la sentencia ya jur\u00eddicamente vinculante y bien fundamentada que ha recibido la NZZ, el Tribunal Superior ahora confirma la absoluci\u00f3n con amonestaciones cr\u00edticas a la oficina del juez de la ciudad. <\/p>\n

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El acusado se refiri\u00f3 a \u00abmotivos especiales\u00bb<\/span><\/h2>\n

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El reglamento de Covid-19 vigente en el momento del interrogatorio dec\u00eda que hab\u00eda excepciones al uso de m\u00e1scaras en el interior de edificios p\u00fablicos para personas que pudieran demostrar que no pod\u00edan usar m\u00e1scaras faciales \u00abpor razones especiales\u00bb.<\/p>\n

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Seg\u00fan el Tribunal Superior, el imputado ya hab\u00eda informado al juzgado de la ciudad en un correo electr\u00f3nico del 15 de enero de 2021 que \u00abpor motivos personales y de salud\u00bb no pod\u00eda llevar mascarilla durante el interrogatorio. Pidi\u00f3 que se pospusiera la cita hasta que se levantara la obligaci\u00f3n de llevar mascarilla, o que se le permitiera asistir al interrogatorio sin mascarilla.<\/p>\n

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Sin embargo, al acusado tampoco se le permiti\u00f3 hacer. No obstante, se le inform\u00f3 que en caso de no poder usar mascarilla por motivos m\u00e9dicos, podr\u00eda presentar el certificado m\u00e9dico correspondiente. <\/p>\n

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Justo al comienzo del interrogatorio, el imputado afirm\u00f3 cuando se le pregunt\u00f3 que ten\u00eda una raz\u00f3n para entrar al edificio p\u00fablico sin mascarilla, a saber, que estaba sano y manten\u00eda la distancia. Tambi\u00e9n valid\u00f3 el \u00abcertificado de hecho y legal\u00bb del abogado de los Grisones, Heinz Raschein, que los esc\u00e9pticos suizos de la corona usaban a menudo en ese momento, que aparentemente consider\u00f3 como una dispensa de m\u00e1scara por razones especiales.<\/p>\n

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Seg\u00fan el tribunal superior, el juez de la ciudad le dijo repentinamente que presentara una denuncia penal en su contra por no usar una m\u00e1scara facial. Y interrumpi\u00f3 el interrogatorio, que s\u00f3lo dur\u00f3 nueve minutos. <\/p>\n

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En su sentencia escrita, el Tribunal Superior afirm\u00f3 cr\u00edticamente que al acusado se le permiti\u00f3 el acceso al edificio y para ser interrogado, aunque se neg\u00f3 desde el principio a usar una m\u00e1scara facial.<\/p>\n

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Seg\u00fan el Tribunal Superior, despu\u00e9s de que el juez de la ciudad hubiera determinado que no hab\u00eda dispensaci\u00f3n de mascarilla legalmente v\u00e1lida, al acusado se le deber\u00eda haber dado al menos \u201cla oportunidad de abandonar el edificio de nuevo sin consecuencias\u201d.<\/p>\n

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El propio acusado hab\u00eda asumido una dispensa de m\u00e1scara v\u00e1lida. Se refiri\u00f3 a su dispensa de mascarilla por \u00abmotivos especiales\u00bb y entr\u00f3 en el edificio con el prop\u00f3sito de defenderse del interrogatorio de la orden de sanci\u00f3n dictada en referencia a la existencia de dispensa de mascarilla.<\/p>\n

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En ese momento, el juez de la ciudad ni siquiera hab\u00eda valorado si realmente hubo una dispensaci\u00f3n de m\u00e1scaras y si el certificado del abogado Raschein representaba una \u201craz\u00f3n especial\u201d en el sentido de la normativa Covid 19.<\/p>\n

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Violaci\u00f3n del principio de buena fe<\/span><\/h2>\n

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Como escribe el Tribunal Superior, al acusado, contrariamente a la opini\u00f3n de la oficina del gobernador, se le permiti\u00f3 asumir que se le permit\u00eda demostrar lo que \u00e9l cre\u00eda que era la dispensaci\u00f3n de m\u00e1scaras sin usar una m\u00e1scara facial. Adem\u00e1s, se le neg\u00f3 la oportunidad de salir del interrogatorio tras comprobar y negar la existencia de una dispensa de mascarillas sin denunciar.<\/p>\n

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\u201cEl hecho de que el juzgado de la ciudad permitiera el ingreso del imputado al inmueble en las circunstancias dadas y le permitiera ser interrogado, para luego abrirse a \u00e9l poco tiempo despu\u00e9s para denunciar esta conducta, se aprecia una actuaci\u00f3n estatal contradictoria\u201d, escribe el Suprema Corte. <\/p>\n

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La conducta del juez de la ciudad viol\u00f3 el principio de buena fe aplicable en el proceso. Tal procedimiento no puede ser protegido, seg\u00fan el Tribunal Supremo. \u201cEs tarea fundamental de la polic\u00eda y del poder judicial prevenir o sancionar las infracciones penales, y no provocarlas\u201d, dice la sentencia escrita.<\/p>\n

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El tribunal de primera instancia concluy\u00f3 que las acciones de los jueces de la ciudad violaron el requisito de imparcialidad en el proceso penal y que la condena del acusado parece objetable en las circunstancias que se evaluar\u00e1n.<\/p>\n

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No se otorgar\u00e1 indemnizaci\u00f3n a los absueltos.<\/p>\n

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Sentencia SU220014 de 11 de mayo de 2023, definitiva.<\/p>\n

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