La oficina del juez de la ciudad violó el requisito de equidad: el tribunal superior absolvió a los opositores de máscaras


El tribunal establece que la tarea central de la policía y el poder judicial es perseguir los delitos y no instigarlos.

Una persona mayor se ha negado repetidamente a usar una máscara durante la pandemia. Como resultado, estuvo involucrado en varios casos criminales.

Gaetan Bally / Keystone

La oficina del juez de la ciudad de Zúrich trató injustamente a un opositor de máscaras de 71 años. El tribunal superior llegó a esta conclusión en una sentencia escrita y confirmó la absolución de un juez del tribunal inferior de Zúrich.

Los hechos son completamente indiscutibles: un opositor suizo de máscaras de 71 años se negó repetidamente a usar una máscara facial durante la pandemia de Covid y, por lo tanto, estuvo involucrado en varios procesos penales.

Debido a que no había usado una máscara en el transporte público, tuvo que presentarse el 18 de febrero de 2021 para un interrogatorio en la Oficina del Juez de la Ciudad de Zúrich. También lo hizo sin una máscara en la cara.

El magistrado a cargo del caso le pidió que expusiera sus razones. El interrogatorio terminó después de nueve minutos, y el juez de la ciudad presentó una denuncia contra el acusado ante el diputado.poseedoroficina gubernamental; precisamente porque había acudido al interrogatorio sin mascarilla.

Como se desprende de la sentencia de la Corte Suprema, la Gobernación aparentemente realizó entonces un interrogatorio, al que se presentó nuevamente el hombre sin cubrebocas, lo que derivó en una nueva denuncia penal.

Multa de 100 francos

La sentencia concreta del Tribunal Supremo versa únicamente sobre el interrogatorio sin mascarilla por parte del juez de la ciudad el 18 de febrero de 2021. Por ello, el hombre fue sancionado con auto de sanción del 5 de noviembre de 2021 por violar la ordenanza Covid 19 con multa de 100 francos.

La razón dada fue que se negó a usar una máscara facial en los interiores accesibles al público del centro de administración sin poder dar una razón válida para la exención de la obligación de usar una máscara.

El imputado apeló contra la orden de sanción. El Tribunal de Distrito de Zúrich lo absolvió de las acusaciones el 25 de enero de 2022. Por otro lado, la oficina del gobernador del distrito de Zúrich apeló al tribunal superior y exigió que se anulara la sentencia del tribunal de distrito y que los acusados ​​fueran sentenciados de acuerdo con la orden penal.

Como es habitual en tales casos, la Corte Suprema emitió su veredicto por escrito sin audiencia. En la sentencia ya jurídicamente vinculante y bien fundamentada que ha recibido la NZZ, el Tribunal Superior ahora confirma la absolución con amonestaciones críticas a la oficina del juez de la ciudad.

El acusado se refirió a «motivos especiales»

El reglamento de Covid-19 vigente en el momento del interrogatorio decía que había excepciones al uso de máscaras en el interior de edificios públicos para personas que pudieran demostrar que no podían usar máscaras faciales «por razones especiales».

Según el Tribunal Superior, el imputado ya había informado al juzgado de la ciudad en un correo electrónico del 15 de enero de 2021 que «por motivos personales y de salud» no podía llevar mascarilla durante el interrogatorio. Pidió que se pospusiera la cita hasta que se levantara la obligación de llevar mascarilla, o que se le permitiera asistir al interrogatorio sin mascarilla.

Sin embargo, al acusado tampoco se le permitió hacer. No obstante, se le informó que en caso de no poder usar mascarilla por motivos médicos, podría presentar el certificado médico correspondiente.

Justo al comienzo del interrogatorio, el imputado afirmó cuando se le preguntó que tenía una razón para entrar al edificio público sin mascarilla, a saber, que estaba sano y mantenía la distancia. También validó el «certificado de hecho y legal» del abogado de los Grisones, Heinz Raschein, que los escépticos suizos de la corona usaban a menudo en ese momento, que aparentemente consideró como una dispensa de máscara por razones especiales.

Según el tribunal superior, el juez de la ciudad le dijo repentinamente que presentara una denuncia penal en su contra por no usar una máscara facial. Y interrumpió el interrogatorio, que sólo duró nueve minutos.

En su sentencia escrita, el Tribunal Superior afirmó críticamente que al acusado se le permitió el acceso al edificio y para ser interrogado, aunque se negó desde el principio a usar una máscara facial.

Según el Tribunal Superior, después de que el juez de la ciudad hubiera determinado que no había dispensación de mascarilla legalmente válida, al acusado se le debería haber dado al menos “la oportunidad de abandonar el edificio de nuevo sin consecuencias”.

El propio acusado había asumido una dispensa de máscara válida. Se refirió a su dispensa de mascarilla por «motivos especiales» y entró en el edificio con el propósito de defenderse del interrogatorio de la orden de sanción dictada en referencia a la existencia de dispensa de mascarilla.

En ese momento, el juez de la ciudad ni siquiera había valorado si realmente hubo una dispensación de máscaras y si el certificado del abogado Raschein representaba una “razón especial” en el sentido de la normativa Covid 19.

Violación del principio de buena fe

Como escribe el Tribunal Superior, al acusado, contrariamente a la opinión de la oficina del gobernador, se le permitió asumir que se le permitía demostrar lo que él creía que era la dispensación de máscaras sin usar una máscara facial. Además, se le negó la oportunidad de salir del interrogatorio tras comprobar y negar la existencia de una dispensa de mascarillas sin denunciar.

“El hecho de que el juzgado de la ciudad permitiera el ingreso del imputado al inmueble en las circunstancias dadas y le permitiera ser interrogado, para luego abrirse a él poco tiempo después para denunciar esta conducta, se aprecia una actuación estatal contradictoria”, escribe el Suprema Corte.

La conducta del juez de la ciudad violó el principio de buena fe aplicable en el proceso. Tal procedimiento no puede ser protegido, según el Tribunal Supremo. “Es tarea fundamental de la policía y del poder judicial prevenir o sancionar las infracciones penales, y no provocarlas”, dice la sentencia escrita.

El tribunal de primera instancia concluyó que las acciones de los jueces de la ciudad violaron el requisito de imparcialidad en el proceso penal y que la condena del acusado parece objetable en las circunstancias que se evaluarán.

No se otorgará indemnización a los absueltos.

Sentencia SU220014 de 11 de mayo de 2023, definitiva.



Source link-58