Ola de calor: ¿cómo se protege a los empleados?


Ya sea en una construcción prefabricada sin aire acondicionado, en un andamio, en el tejado de una casa o con los pies en el asfalto reblandecido por el calor, durante una ola de calor, el empleado corre el riesgo de sufrir un «golpe de calor». “un fallo agudo de la termorregulación que combina una hipertermia importante (temperatura corporal superior a 40°C) y signos neurológicos y, en particular: trastornos del comportamiento, confusión mental, delirio, alteraciones de la conciencia e incluso coma”, describe el Instituto Nacional de Investigación y Seguridad para la Prevención de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales (INRS). Para evitarlo, ¿cómo puedes protegerte en el trabajo? El abogado Jean-Emmanuel Ray, profesor de derecho en París-I-Panthéon-Sorbonne, recuerda el marco jurídico.

¿Existe una temperatura máxima por encima de la cual el empleado está exento de trabajar?

El código laboral no establece un umbral de temperatura máxima para trabajar. El INRS, sin embargo, indica tres umbrales de riesgo para la salud de los empleados: 28°C para el trabajo físico, 30°C para el trabajo de oficina y 33°C a partir de los cuales los riesgos aumentan verticalmente.

Lea también: Artículo reservado para nuestros suscriptores. “Si hace demasiado calor, paramos”, en las obras frenadas por la ola de calor

¿Qué tipo de precauciones puede tomar el empleador?

Primero debes usar el sentido común. En la construcción, por ejemplo, haciendo que los empleados trabajen en horas más frescas, organizando rotaciones de tareas o aumentando la frecuencia de los descansos. Y que los descansos se tomen en un espacio climatizado, porque así el cuerpo recupera la temperatura. El código laboral especifica que los empleados deben tener a su disposición agua potable y que los locales cerrados deben estar ventilados. Cuando determinadas condiciones de trabajo lleven a los empleados a beber con frecuencia, el empleador deberá proporcionarles al menos una bebida no alcohólica.

¿En qué condiciones puede un empleado ejercer su derecho de desistimiento?

Tan pronto como tenga motivos fundados para creer que existe un peligro grave e inminente para su salud. Lo cual es muy subjetivo, porque una persona de constitución grande es, por ejemplo, mucho más sensible al calor que otra. Este derecho de desistimiento también puede ejercitarse colectivamente, lo que tiene más peso. Pase lo que pase, el empleado sigue cobrando. Pero incluso en caso de ola de calor, el empleado no tiene derecho a tener total libertad para vestirse. La jurisprudencia de Cédric M. de 2003 lo atestigua: como vendedor, fue despedido por ir a trabajar en bermudas.

Te queda el 20,83% de este artículo por leer. El resto está reservado para suscriptores.



Source link-5