Spotify ha sido multado con $ 5.4 millones por violar las reglas de datos de GDPR


Un regulador sueco ha multado con 58 millones de coronas suecas (5,4 millones de dólares) después de que la empresa violara el Reglamento general de protección de datos de la Unión Europea (). El problema se refiere a cómo Spotify maneja los datos personales de los usuarios y el acceso de sus clientes a la información.

El grupo de defensa Noyb, dirigido por el defensor de la privacidad Max Schrems, presentó una denuncia contra Spotify y otras importantes empresas tecnológicas. En la denuncia, Noyb afirmó que, entre otras cuestiones, Spotify no proporcionó todos los datos personales a los usuarios que lo solicitaron y que no reveló los motivos para procesar dicha información.

La Autoridad Sueca para la Protección de la Privacidad (IMY) descubrió que, si bien Spotify brinda a los usuarios datos personales que procesa a pedido, «no informa con suficiente claridad sobre cómo la empresa utiliza estos datos». Dijo que Spotify debería ser más transparente «sobre cómo y con qué fines se manejan los datos personales de las personas». La falta de claridad significó que «ha sido difícil para las personas comprender cómo se procesan sus datos personales y verificar si el manejo de sus datos personales es legal», agregó el IMY.

El regulador dijo que consideraba que los problemas eran de «bajo nivel de gravedad» y señaló que Spotify había tomado medidas para resolverlos. El IMY determinó la multa en función de esos factores junto con los ingresos de Spotify y la cantidad de usuarios. Señaló que tomó la decisión con la ayuda de otras autoridades de protección de datos de la UE, dado que Spotify tiene usuarios en muchos países.

«Spotify ofrece a todos los usuarios información completa sobre cómo se procesan los datos personales», dijo la compañía, con sede en Suecia. en una oracion. Dijo que el regulador «encontró solo áreas menores de nuestro proceso que creen que necesitan mejoras. Sin embargo, no estamos de acuerdo con la decisión y planeamos presentar una apelación».



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