El TEDH valida la prohibición del sacrificio ritual sin aturdimiento en Bélgica


Las regiones flamenca y valona de Bélgica tienen justificación para prohibir el sacrificio ritual de animales sin aturdimiento previo para las religiones judía y musulmana, dictaminó el martes 13 de febrero el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), al considerar que no hubo violación de la libertad de religión en este caso.

Ante el Tribunal intervinieron ciudadanos belgas, musulmanes y judíos, así como asociaciones que representan a las autoridades nacionales y provinciales de las comunidades musulmanas. Protestaban contra los decretos adoptados en 2017 y 2018 por las regiones flamenca y valona que ponían fin a la autorización del sacrificio ritual de animales sin aturdimiento. La región de Bruselas-Capital no está afectada y actualmente sigue siendo la única en Bélgica que autoriza esta práctica.

El TEDH, que se pronunció por primera vez sobre esta cuestión, recuerda en primer lugar que “los decretos impugnados se adoptaron tras amplias consultas con representantes de diferentes grupos religiosos, veterinarios y asociaciones protectoras de animales”y destaca la “esfuerzos considerables” desplegado por las autoridades “para conciliar mejor los objetivos de promover el bienestar animal y el respeto a la libertad de religión”.

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Una medida “justificada en principio”

“Los legisladores regionales buscaron sopesar los derechos y [les] intereses presentes al final de un proceso legislativo debidamente considerado”, continúa el TEDH, brazo judicial del Consejo de Europa. Concluye que, al adoptar los Decretos impugnados que prohíben el sacrificio de animales sin aturdimiento previo en las regiones flamenca y valona, ​​las autoridades “han adoptado una medida que está justificada en principio y que puede considerarse proporcionada al objetivo perseguido, a saber, la protección del bienestar animal como elemento de la “moral pública””.

El Tribunal considera que “por tanto no hubo violación del artículo 9 de la Convención” Unión Europea para la Protección de los Derechos Humanos, que protege la libertad de religión. El TEDH también considera que los demandantes no fueron víctimas de discriminación.

METROmi Patrice Spinosi, abogado de los demandantes judíos en este caso, anunció a la Agencia France-Peresse que estaba estudiando la posibilidad de apelar el caso ante la Gran Sala del TEDH: «Estaremos muy interesados ​​en evaluar las posibilidades de éxito de una remisión de este caso a la Gran Sala, para que esta formación, que es la más solemne del Tribunal Europeo, tenga la oportunidad de pronunciarse sobre una cuestión tan importante como la ‘inédita’. ‘declaró.

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El mundo con AFP



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