En Sciences Po, el artículo 40 y la toga de la discordia


En la foto que inmortaliza el evento, Mathias Vicherat es todo sonrisas. El director de Sciences Po acaba de entregar, martes 27 de junio, un doctorado honoris causa a la excanciller alemana Angela Merkel por su compromiso a favor de la construcción europea. El anfiteatro Boutmy está repleto. En las primeras filas hay vestidos negros sueltos adornados con colores llamativos: rojo para los profesores de derecho, naranja para los de artes y letras y, por último, amaranto para la doctora en ciencias, Ángela Merkel.

Sobre sus hombros, el Sr. Vicherat lleva una tela muaré morada, la insignia de los rectores e inspectores de la academia, tal como se define en un decreto napoleónico del 31 de julio de 1809. «sobre el traje de los miembros de la Universidad».

El detalle no se le escapó a Yann Bisiou, profesor de derecho privado en la Universidad Paul-Valéry-Montpellier 3, quien llegó a presentar un informe ante el fiscal de París, en virtud del artículo 40 del código de procedimiento penal. Al ponerse ese hábito, el director de Sciences Po podría haber cometido una falta, según él.

Mathias Vicherat “viste el hábito oficial de los rectores doctores, toga negra, epítome con tres franjas de armiño, veteado de negro, y corbata de batista”, describe Yann Bisiou en su carta del 29 de junio. Excepto que el director del instituto no es rector más que doctorado.

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Del mismo modo, continúa el Sr. Bisiou, “La mayoría de los profesores que visten la toga durante esta ceremonia no son profesores universitarios. Y si algunos maestros, como el Sr. Pascal Perrineau, a quien reconocemos en varias imágenes, son realmente médicos, otros, como la Sra. Arancha González, decana de la escuela de relaciones internacionales, no lo son y aún llevan el epítome con tres bandas. »

“La pregunta está lejos de ser superficial”

Según él, es probable que el uso de este traje oficial y sus atributos constituyan los delitos previstos por dos artículos del código penal (433.14 y 433.17). El primero castiga con la pena de un año de prisión y multa de 15.000 euros por llevar traje, uniforme o condecoración reglamentada por la autoridad pública y por utilizar un documento que acredite una calidad profesional o distintivo reglamentado por la autoridad pública. El segundo castiga con las mismas penas el uso, sin derecho, de un título oficial o de una cualidad cuyas condiciones de atribución sean fijadas por la autoridad pública.

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