Fin de la vida: el Consejo Constitucional reafirma el derecho de los médicos a derogar las voluntades anticipadas del paciente


Un médico no está necesariamente obligado a respetar las «directivas avanzadas» por el cual un paciente expresa su deseo o no de mantenerse con vida. El principio fue confirmado el jueves 10 de noviembre por el Consejo Constitucional, que valida la legislación vigente. La ley, que establece que el médico puede anular estas directivas si son «inadecuado» a la situación del paciente, cumple con las «salvaguardar la dignidad de la persona» como en su «libertad personal»cree el Consejo.

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Esta decisión se toma en un momento en que los debates sobre el final de la vida están volviendo al dominio público. El presidente Emmanuel Macron está considerando un cambio en la legislación, pero remite la responsabilidad a una convención de ciudadanos que se reunirá a partir de diciembre.

El Consejo Constitucional se había apoderado de la familia de un paciente, sumido en coma desde mayo tras un accidente y cuyos médicos consideran desesperada la situación. El equipo médico del hospital de Valenciennes (Nord) quería suspender el tratamiento -nutrición y respiración artificial- pero esta decisión iba en contra de las intenciones expresadas por el paciente en su «directivas avanzadas». Éstos, que consisten en un documento previamente escrito y firmado por el paciente, deben testimoniar su voluntad en caso de que ya no pueda expresar una elección.

Disposiciones “ni imprecisas ni ambiguas”

Pero la ley prevé que el equipo médico, previo procedimiento colegiado, puede invalidar si se presentan «no cumple con los requisitos médicos» del paciente Era sobre la validez de esta ley que el Consejo tenía que decidir. Este último consideró que el legislador había desempeñado su papel al proporcionar tal salida a los médicos, en particular porque el paciente no puede evaluar completamente su situación de antemano.

La ley tiene como objetivo «garantizar la preservación de la dignidad de las personas al final de la vida», cree el Consejo Constitucional, sin llegar a mencionar directamente la noción de implacabilidad terapéutica. También considera que la ley es suficientemente clara al referirse al caso de las directivas «manifiestamente inapropiado» a la situación médica del paciente, mientras que los defensores de la familia consideraban estos términos demasiado vagos. “Estas disposiciones no son ni imprecisas ni ambiguas”cree el Consejo.

Recordando, además, que tal decisión sólo se toma después de un procedimiento colegiado y que puede ser objeto de un «remedio oportuno» familiares o parientes, el Consejo concluyó que la legislación vigente no desatendía “ni el principio de salvaguarda de la dignidad de la persona humana ni la libertad personal”.

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El mundo con AFP



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