Instagram supera la demanda por infracción de derechos de autor con fotos incrustadas


Un panel de tres jueces de la Corte de Apelaciones del Noveno Circuito de EE. UU. falló a favor de Instagram, propiedad de Meta, luego de que un par de fotógrafos acusaran al gigante de las redes sociales de infracción de derechos de autor. La esencia básica del caso fue que Instagram violó los derechos de autor al permitir que sitios web y publicaciones externos incrustaran imágenes sin el consentimiento explícito de los creadores de contenido.

El caso se remonta a 2016, cuando Tiempo insertó una imagen de Instagram de Hillary Clinton tomada por el fotógrafo Matthew Brauer sin pedir permiso. En 2020, zumbido hizo lo mismo con una foto tomada por Alexis Hunley de una protesta de Black Lives Matter. El par de fotógrafos demandó a Instagram, alegando que la compañía de redes sociales nunca pidió a terceros que obtuvieran una licencia para insertar fotos o videos con derechos de autor, lo que los expone a un cargo de infracción secundaria.

La demanda se inició originalmente en California en 2021, pero un juez la desestimó con el argumento de que los medios de comunicación en cuestión no almacenaron la imagen original ni mostraron una copia. Más bien, solo mostraba lo que ya estaba disponible a través de Instagram como una inserción. La pareja apeló esta decisión, que ahora ha fallado en un tribunal federal. El razonamiento sigue al acuerdo de los jueces de que cuando se incrusta una foto o un video, no se hace ninguna copia del contenido subyacente.

Vale la pena señalar, sin embargo, que el panel federal de jueces dijo que Hunley y Brauer plantearon preocupaciones políticas «serias y bien argumentadas» con respecto a la capacidad de los titulares de derechos de autor para controlar y, en última instancia, beneficiarse de su trabajo. Instagram también ha abordado el problema en años posteriores, agregando una opción en 2021 que permite a los usuarios hacer que las imágenes no se puedan insertar. Este cambio se produjo después de que la plataforma fuera presionada por la Sociedad Estadounidense de Fotógrafos de Medios (ASMP) y la Asociación Nacional de Fotógrafos de Prensa (NPPA).

Este puede no ser el final del caso, ya que que los fotógrafos pueden solicitar una nueva audiencia con un panel de 11 jueces seleccionados al azar, aunque Brauer y Hunley no han abordado este curso de acción.

También está el significado subyacente de esta decisión judicial. Por sí solo, el fallo indica que terceros, como publicaciones de medios, pueden incrustar fotos y videos a voluntad sin siquiera pedir permiso al creador del contenido original. Sin embargo, han estado apareciendo casos relacionados con diferentes resultados, preparando el escenario para un enfrentamiento en un tribunal superior en algún momento.

Por ejemplo, un juez de Nueva York dictó una sentencia en 2018 cuando un fotógrafo demandó a varias publicaciones después de que incluyeran tuits con una imagen original de la leyenda de la NFL Tom Brady. El juez se puso del lado de la fotógrafa aquí, afirmando en su decisión que «el hecho de que la imagen estuviera alojada en un servidor propiedad de un tercero no relacionado y operado por este no los protege de este resultado», y agregó que «en ninguna parte la Ley de derechos de autor sugiere que la posesión de una imagen es necesaria para mostrarla. De hecho, el propósito y el lenguaje de la Ley respaldan el punto de vista opuesto”.

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