El Tribunal de Justicia de la UE regula el rechazo de las órdenes de detención europeas


Cansado de que la justicia belga rechazara las órdenes de detención europeas que estaba dictando, el juez del Tribunal Supremo español Pablo Llarena planteó en marzo de 2021 una serie de preguntas preliminares al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para que explicara los motivos por los que puede justificar que los jueces de un Estado miembro -en su caso, Bélgica- se nieguen a aplicar las órdenes de detención europeas emitidas por otro, en este caso España.

El objetivo era entonces reactivar, con más éxito, sus órdenes de captura contra los líderes separatistas catalanes que huyeron a Bélgica tras el intento de secesión de octubre de 2017, en cuyo frente seguía exiliado el expresidente de la Generalitat de Cataluña, Carles Puigdemont. en Belgica.

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El TJUE le contestó el martes 31 de enero. Compleja, detallada pero no siempre fácil de descifrar, su parada agradó extrañamente a todos en España. Tanto los separatistas, que declararon la victoria, como los «unionistas», que vieron en ello una fuerte limitación a las posibles denegaciones de extradición.

«Satisfacción» de España

De la sentencia del TJUE se desprende que las desestimaciones de órdenes de detención europeas entre Estados miembros deben tomarse “carácter excepcional”. Y que, si finalmente las pronuncian, los jueces deberán haber demostrado previamente, en forma documentada, precisa y concreta, “fallas sistémicas o generalizadas que afectan al sistema judicial de [l’]estado miembro [dont il émane] «. También deben argumentar “una manifiesta incompetencia del tribunal llamado a juzgar a la persona buscada en dicho Estado miembro”.

El presidente interino del Tribunal Supremo español, Francisco Marín Castán, expresó su » satisfacción « por lo que considera un » apoyo « al cargo de juez español. En 2021, la orden de detención que el Sr. Llarena había dictado contra el exconsejero de cultura catalán, Lluis Puig, procesado por “malversación y desobediencia »había sido denegada alegando que el Tribunal Supremo no era el órgano judicial competente para juzgarlo -a diferencia de los tribunales catalanes- y que el Sr. Puig corría el riesgo de que no se garantizaran en España el respeto de sus derechos fundamentales.

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Para los partidos de derecha de España, el fallo del TJUE valida los argumentos de Llarena, y para la portavoz del gobierno de izquierda, Isabel Rodríguez, podría » facilitar « la rendición de M. Puigdemont a España.

Sedición eliminada

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