En Tahití, el líder separatista Oscar Temaru queda en libertad en apelación tras nueve años de procesos


Un año próspero para Oscar Temaru: no solo el líder independentista de 78 años ganó ampliamente la elecciones territoriales -su partido, el Tavini huiraatira, ahora lidera la Polinesia Francesa- pero fue absuelto, el miércoles 24 de mayo, por el Tribunal de Apelación de Papeete, después de nueve años de un procedimiento inestable, con un ligero sabor político.

El alcalde de 40 años de edad de Faaa, la ciudad más grande de Tahití, fue acusado de «apropiación ilegal de intereses» – un interés moral y politicosegún la acusación- por haber financiado desde el municipio una pequeña emisora ​​de radio municipal, Radio Tefana, que no ocultó ni sus opciones independentistas ni su oposición a los ensayos nucleares, cuyas heridas siguen vivas en Polinesia.

Oscar Temaru, tras una interminable investigación preliminar ordenada por la fiscalía general, fue condenado el 10 de septiembre de 2019 a seis meses de prisión condicional y 5 millones de francos pacíficos (42.000 euros); y los directivos de la radio, a sentencias suspendidas y una fuerte multa, que condenó a la radio a cerrar. El juicio de apelación había sido pospuesto cinco veces, debido, ya lo había estimado el tribunal de apelación, a “procedimientos parasitarios” iniciado por el fiscal, y finalmente abierto el 27 de febrero, luego de múltiples aventuras legales.

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El presidente Karim Sekkaki, que condujo una audiencia de gran contenido político con notable compostura, había propuesto aplazar el juicio una vez más tras las elecciones territoriales, pero Oscar Temaru había insistido en ser juzgado de una vez por todas. En una minuciosa sentencia de más de 70 páginas, el tribunal examinó una a una las nulidades presentadas por la defensa, y tuvo duros comentarios para el tribunal de primera instancia.

“Patrones de estereotipos”

La custodia de la alcaldesa, primera en 2018, citada a audiencia simple gratuita, es validada por el juzgado, que considera que fue la » la única forma « para evitar que consultara con posibles cómplices, aunque los concejales municipales ya habían sido escuchados hace un tiempo. Sin embargo, «Está incorrecto» que el juzgado había validado esta custodia policial al asegurar que ofrecía más derechos al imputado, considera el tribunal, que señala que los primeros jueces lo justificaron por «motivos estereotipados e imprecisos que no cumplen el requisito de motivación para una decisión judicial».

La defensa había planteado otro punto incómodo; un primer fiscal había cerrado el caso en un informe de 2014, y la fiscalía general le había escrito: “Por lo tanto, le pido nuevamente, pero por última vez, que lleve a cabo una investigación preliminar. » Este informe no constaba en el expediente, los abogados consideraron que no se trataba de una coincidencia, y vieron en él una clara vulneración de los derechos de la defensa. El tribunal desestimó el argumento, diciendo que no constaba la existencia de instrucciones escritas del Ministerio Público, que necesariamente deben estar en el expediente, sino que sólo había habido “contactos más informales”. El tribunal considera que el argumento «es irrelevante»pero que ello no constituye una nulidad del procedimiento.

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