Impuestos: el plazo para declarar tus inmuebles se aplaza al 10 de agosto


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con AFP / Crédito de la foto: Romain Longieras / Hans Lucas / Hans Lucas vía AFP
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21:38, 01 de agosto de 2023

Se ha vuelto a retrasar el plazo para declarar bienes inmuebles. Bercy anuncia que los propietarios ahora tienen hasta el 10 de agosto. Este plazo, fijado inicialmente a fines de junio, había sido aplazado al 31 de julio y luego al martes 1 de agosto por problemas de conexión en la plataforma.

El Ministerio de Economía anunció este martes posponer hasta el 10 de agosto el plazo para declaracion de bienes inmuebles «para permitir a todos los propietarios una declaración serena», después dos aplazamientos por afluencia de declaraciones. “En los últimos días, muchos propietarios han validado la declaración de ocupación de sus inmuebles”, dijo el ministerio en un comunicado de prensa.

“Para permitir a todos los propietarios una declaración pacífica y garantizar una tributación justa de los contribuyentes, el servicio Gestionar mi inmueble recogerá las declaraciones hasta el 10 de agosto”, anunció. Este es el tercer aplazamiento de esta campaña declaratoria que tomó por sorpresa a muchos propietarios y disgustó a los sindicatos de finanzas públicas que denunciaron en particular una sobrecarga de trabajo para los funcionarios fiscales.

Una fecha inicialmente fijada para finales de junio

El plazo ya había sido aplazado por primera vez a finales de junio por un mes, del 30 de junio al 31 de julio, invocando entonces el Ministerio de Economía «la afluencia de declaraciones», luego por segunda vez por sólo 24 horas, de 31 de junio de julio al 1 de agosto, por un problema de acceso a la web de impuestos.

La obligación de declarar bienes inmuebles para uso residencial entró en vigor el 1 de enero con el fin de identificar los locales aún sujetos al impuesto de residencia. Esto fue abolido para todas las residencias principales en 2023, pero sigue siendo aplicable para las residencias secundarias. En el sitio fiscal, cada propietario debe indicar para cada una de sus propiedades su situación: si está vacía, en qué calidad la ocupa él mismo o declinar la identidad de un posible inquilino.

Los rezagados serán sancionados con una multa de 150 euros, pero «al tratarse de un procedimiento nuevo», la Dirección General de Hacienda Pública mostrará «benevolencia» y «este año no se aplicará ninguna sanción».



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