Libre acceso de las fuerzas del orden a las zonas comunes validado por el Consejo Constitucional


El Consejo Constitucional validó, el jueves 14 de septiembre, una disposición legislativa que autoriza el acceso permanente de la policía a las zonas comunes de los edificios residenciales sin el acuerdo de los propietarios, siempre que las intervenciones se realicen en el marco previsto por la ley.

Los jueces se pronunciaron sobre una cuestión prioritaria de constitucionalidad (QPC) relacionada con una disposición de la ley Matras, adoptada en 2021, según la cual los propietarios deben garantizar que la policía esté “poder acceder a las zonas comunes de los edificios a efectos de intervención”.

Durante la audiencia de finales de julio, el abogado del demandante, Mmi Eric Plouvier, consideró que este texto suponía un ataque desproporcionado al derecho al respeto de la vida privada, evocando un derecho de acceso «incondicional» a las zonas comunes de un edificio sin autorización previa de la autoridad judicial.

Explicó que un agente de policía o un gendarme podría iniciar así una investigación preliminar conocida como «iniciativa»Este “que no requiere que se tipifique un delito”realizar controles de identidad en zonas comunes, tomar fotografías o escuchar en puertas, esto “sin que el control de un magistrado se produzca antes de seis meses”.

“No hay mano libre para la policía »

Los jueces no aceptaron este argumento, incluso si emitieron una » reservar «. Por tanto, consideran que las disposiciones impugnadas “no están destinados y no pueden tener el efecto de permitir [aux forces de l’ordre] acceder a estos lugares con fines distintos a la realización de únicamente los actos que la ley les autoriza a realizar”.

Según su decisión, la intervención de la policía sólo puede tener lugar “en el marco de una operación de policía judicial, en particular durante una investigación preliminar”. Además, no se pueden realizar actos de investigación “que bajo el control de un fiscal a quien le corresponde (…) controlar su proporcionalidad respecto de la naturaleza y gravedad de los hechos”.

A la pregunta de si se podría autorizar este acceso en zonas comunes de uso privado, los jueces respondieron que la policía no puede acceder “en lugares que puedan constituir un domicilio”.

Actualmente se está negociando un acuerdo entre el Estado y la asociación Vigik para proporcionar una tarjeta universal de acceso a las fuerzas del orden. “La ley ciertamente está validada pero los tribunales no podrán ignorar esta decisión”reaccionó a la Agencia France-Presse (AFP) Mmi Chorlito. «Ahora tendrán que valorar la proporcionalidad de la presencia de gendarmes o policías en las zonas comunes con el objetivo de la investigación que se lleva a cabo, ya que existe una «reserva» por parte del ayuntamiento y el recordatorio de que el fiscal controla las actuaciones de la policía. investigadores »añadió, precisando que el Consejo Constitucional “no entreguen un cheque en blanco a la policía”.

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El mundo con AFP



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