pensiones pequeñas, carreras largas e impacto para las mujeres


No hay pensión mínima. Por otro lado, existe una contribución mínima (o «MICO»). Para beneficiarse de ella, los futuros jubilados no solo deben no superar un doble techo (747,57 euros brutos de pensión básica; 1.309,75 euros brutos de pensión básica y complementaria combinadas), sino que además deben justificar una tarifa completa.

Además de este mínimo contributivo, existe otro mecanismo que garantiza un nivel de vida mínimo para los jubilados: el subsidio solidario para adultos mayores (Aspa), comúnmente llamado vejez mínima, pagado sujeto a comprobación de medios. Desde principios de enero de 2023, la cuantía garantizada por Aspa es de 961 euros mensuales para una persona sola y de 1.492 euros para una pareja (las ayudas complementan los ingresos del/los jubilado/s para alcanzar estos umbrales).

Aunque estos dos mecanismos tienen un objetivo similar (garantizar una renta mínima a las personas mayores), su naturaleza es diferente: el mínimo contributivo es una pensión de jubilación, mientras que el Aspa es una ayuda social. Así, el pago del “MICO” es automático, mientras que el Aspa debe ser reclamado.

Además, las sumas abonadas en virtud del Aspa son parcialmente recuperables por el Estado o el fondo de pensiones a la muerte del jubilado, como parte de su patrimonio. Actualmente, las fincas están exentas de esta recuperación hasta los 39.000 euros de patrimonio neto, pero la reforma del Gobierno prevé elevar este umbral hasta los 100.000 euros.



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