Proyecto de ley digital: el Consejo Constitucional censura el delito de desacato online


El Consejo Constitucional censuró el viernes una de las medidas más polémicas del proyecto de ley destinado a asegurar Internet (SREN), lo que crea un delito de desacato en línea que puede ser sancionado con una multa fija. El Consejo Constitucional también censuró cuatro artículos considerados “anexos legislativos”, es decir, sin conexión directa o indirecta con el texto inicial. Entre ellos, el artículo que prevé la generalización del acceso a una “identidad digital” para los usuarios de Internet a partir del 1 de enero de 2027.

El texto adoptado definitivamente el 10 de abril preveía la tipificación de un delito de desacato en línea, para castigar cualquier contenido que «menoscabe la dignidad de una persona o presente un carácter insultante, degradante o humillante hacia ella» o «crea un sentimiento intimidante, situación hostil u ofensiva en su contra” en el espacio digital.

El Consejo Constitucional consideró que este delito constituía un «ataque al ejercicio de la libertad de expresión y de comunicación que no es necesario, adecuado y proporcionado», en particular porque la tipificación del delito dependería de «la «valoración de elementos subjetivos relativos a la percepción de la víctima».

Artículos considerados “cláusulas legislativas”

El Consejo Constitucional también consideró que los artículos 10, 11, 18 y 58 de la ley referida eran “anexos legislativos”. El artículo 10, el resto de la ambición del ponente general del texto a la Asamblea Paul Midy (Renacimiento) de poner fin al anonimato en línea, siempre que el Estado se fije el objetivo de que «el 100% de los franceses puedan tener acceso a una identidad digital gratuita» antes del 1 de enero de 2027.

El artículo 11 se refería al establecimiento de un servicio que agregase el acceso a todos los servicios públicos nacionales y locales, incluidos los organismos de seguridad social y los organismos responsables de los derechos y prestaciones sociales, y garantizara la comunicación efectiva de datos entre administraciones, organizaciones y autoridades locales.

El artículo 18 creó, con carácter experimental, un sistema para mediar en disputas de comunicación en línea basándose en asociaciones para resolver disputas entre usuarios. Y 58 preveían la remisión al Comité de Confidencialidad Estadística cuando la administración tenga previsto negarse a acceder a determinadas solicitudes de consulta de documentos administrativos.



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