Reforma de pensiones: estas medidas que el Consejo Constitucional podría censurar


Mayalène Trémolet, editado por Gauthier Delomez

El próximo 14 de abril marcará un nuevo examen de aprobación de la reforma de las pensiones: el Consejo Constitucional deberá emitir un dictamen sobre el proyecto de ley, aprobado por el Parlamento. Y los Sabios podrían optar por una censura parcial, que se aplicaría a algunos puntos secundarios del texto.

El Consejo Constitucional se prepara para desempeñar un papel clave en la reforma de pensiones. Casi un mes después su accidentada adopción en el Parlamentoy grandes movilizaciones en las calles para exigir su retiro, el proyecto de ley pasa por las manos de los Mayores que deben emitir un dictamen el 14 de abril. Si el texto todavía tiene buenas posibilidades de ser aprobado, hay puntos que se pueden replicar o censurar. Por lo tanto, es posible una censura parcial de la reforma.

Esta censura no se hará, salvo sorpresa, sobre el artículo 7, el relativo al desplazamiento de la edad legal de jubilación. La izquierda y la Agrupación Nacional más bien cuestionan el vehículo legislativo, la forma en que el gobierno impulsó su proyecto de ley con el uso del artículo 47.1 de la Constitución.

Los Sabios nunca han censurado un uso abusivo del 47.3

Los Ancianos acordaron un intercambio oral sobre el tema el 4 de abril con las oposiciones, pero es poco probable que estas quejas sean atendidas. En efecto, en la historia, el Consejo Constitucional nunca ha censurado un uso abusivo del 47.1. La institución rastrea principalmente los “social riders”, es decir, las medidas sin ningún vínculo real con la reforma de pensiones. Claramente, los Sabios podrían volver al índice o al CDI mayordos medidas que poco tienen que ver con la factura.

Finalmente, el Consejo Constitucional deberá validar o rechazar el referéndum de iniciativa compartida (RIP), cuyo objetivo es mantener la edad legal de jubilación en los 62 años. Una decisión que también se tomará el 14 de abril.



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