Covid-19 y agencias de viajes: los clientes deberían haber sido reembolsados ​​de inmediato


¿Permitirá el Tribunal de Justicia de la Unión Europea resolver mejor los numerosos litigios que han surgido, en el ámbito del turismo, desde que, el 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud (OMS) calificara el brote de pandemia de Covid-19 ?

Así lo espera la asociación UFC-Que Choisir, al leer el dictamen emitido, el jueves 15 de septiembre, por la abogada general letona de esta institución, Laila Medina: considera que la crisis sanitaria vinculada a la pandemia no justifica que el gobierno francés autorice a las agencias de viajes a establecer excepciones, como lo han hecho, a las normas previstas por la legislación europea.

Recuerda que a partir de marzo de 2020 los operadores cancelaron los viajes que ya no se pudieron organizar, a causa de los confinamientos. Muchos franceses también han decidido cancelar la estancia que tenían reservada en el extranjero, por miedo a no poder visitar nada o a enfermarse. Ambas situaciones dieron lugar a litigios.

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Los consumidores que fueron víctimas de cancelaciones pensaron que serían reembolsados ​​de inmediato. Sin embargo, el gobierno francés, el 25 de marzo de 2020, adoptó una ordenanza que autoriza a las agencias de viajes a no hacerlo. Este texto preveía que, para los viajes cancelados entre el 1ejem marzo de 2020 y el 15 de septiembre de 2020 inclusive, el operador podría, en un plazo de tres meses, ofrecer un servicio equivalente o una nota de crédito válida por dieciocho meses.

reembolso en efectivo

La UFC-Que Choisir y la confederación Consumo Vivienda Vivir Entorno (CLCV) solicitaron al Consejo de Estado la anulación de la ordenanza por vulneración del derecho comunitario, que impone una «reembolso» dentro de catorce días. 1ejem julio de 2021, el Consejo de Estado decidió suspender el procedimiento, hasta que el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas decida si el reembolso debe hacerse necesariamente en efectivo y, en caso de respuesta positiva, si la crisis sanitaria justificaba la excepción al principio de reembolso.

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A la primera pregunta, el Abogado General responde que sí, que la «reembolso» exigido por la directiva sólo puede hacerse» en dinero «y no en forma de activos.

A la segunda, responde que la crisis sanitaria solo podría justificar una exención muy limitada de este principio. Sin embargo, la orden priva a los consumidores del reembolso durante un período de «entre dieciocho y veintiún meses», Ella es «retroactivo», y no tiene planeado «compensaciones» (activos no subvencionados).

El magistrado precisa que una excepción, aunque sea limitada, sólo debe hacerse por falta de » solución alternativa «. Sin embargo, nos asegura, el gobierno francés podría haber resuelto el problema de tesorería de los operadores estableciendo, con el acuerdo de la Comisión, ayudas estatales temporales, como han hecho otros países.

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