La negativa a comunicar el código de desbloqueo de un teléfono móvil puede constituir un delito, juzga el Tribunal de Casación


El Tribunal de Casación dictaminó, el lunes 7 de noviembre, que la negativa a comunicar el código de desbloqueo de un teléfono móvil podía constituir un delito, al considerar que ese código era efectivamente un «clave de descifrado». La instancia confirmó así la jurisprudencia de la sala penal del 13 de octubre de 2020.

Esta delicada cuestión relacionada con la criptología y los teléfonos móviles había sido examinada por el pleno del Tribunal de Casación, su formación más solemne, después de que el Tribunal de Apelación de Douai hubiera dictado una decisión contraria a la jurisprudencia del Tribunal Superior de Casación.

El caso se originó en un expediente de estupefacientes: un hombre detenido en posesión de cannabis se negó, mientras estaba bajo custodia policial, a dar las contraseñas de sus dos teléfonos móviles. Es devuelto al correccional por este asunto, pero también por haberse negado a entregar el «convención secreta para descifrar un medio de criptología» susceptible de haber sido utilizado para cometer el delito, delito punible con tres años de prisión.

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Decisión de liberación revocada, el caso será juzgado nuevamente

El Tribunal Penal de Lille, luego el Tribunal de Apelación de Douai, lo absolvieron de este último delito, considerando que el código no era un «acuerdo de descifrado», porque no se usó para descifrar datos sino solo para desbloquear una pantalla de bienvenida. Aprehendida por primera vez, la sala de lo penal del Tribunal de Casación censura en 2020 la decisión del Tribunal de Apelación al considerar que tenía motivación “general y erróneo”.

El caso se devuelve al Tribunal de Apelación de Douai, que se niega, en 2021, a seguir esta jurisprudencia y confirma la decisión de absolución. Tras un recurso de apelación de la fiscalía, fue en asamblea plenaria que el Tribunal de Casación volvió a examinar esta cuestión el 14 de octubre. El alto tribunal consideró que, cuando un teléfono móvil estaba equipado con un “medios criptológicos”el código de desbloqueo en su pantalla de inicio podría ser un «clave de descifrado» si “activar este código tiene[vait] con el fin de esclarecer los datos cifrados que contiene el dispositivo o a los que da acceso”según el comunicado de la Corte de Casación.

Por lo tanto, su titular está obligado a dar a los investigadores el código de desbloqueo. Si se niega, el sospechoso comete el delito de «negarse a entregar un acuerdo secreto de descifrado». En el referido caso de narcotráfico, la decisión que había dictado la libertad del imputado queda así anulada y será juzgada nuevamente por otro tribunal de apelación.

El mundo



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