Estatuto de los magistrados: el Consejo Superior de la Judicatura hace observaciones mixtas


Es un documento muy técnico, de unas diez páginas. El Consejo Superior de la Judicatura (CSM) hizo públicas, el jueves 27 de abril, sus observaciones sobre “el proyecto de ley orgánica relativa a la apertura, modernización y rendición de cuentas del poder judicial”. Este texto es uno de los que el ministro de Justicia, Eric Dupond-Moretti, dará a conocer próximamente, con el proyecto de ley de orientación y programación de justicia. Los doce artículos del texto orgánico se refieren tanto a la disciplina como al ascenso y al reclutamiento. Tantos temas sensibles, por tanto, para este órgano constitucional que garantiza la independencia de los magistrados en relación con el ejecutivo (pero también de formación disciplinaria y con importantes prerrogativas en materia de nombramiento) cuyos miembros fueron renovados en febrero.

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El Consejo Superior de la Judicatura fue incautado, en marzo, por el Guardián de los Sellos. Esta es una especie de consulta informal. Por lo tanto, el Ministro no está obligado por las observaciones del CSM. En sus observaciones introductorias, el Consejo lamenta «la naturaleza tardía de la remisión» y me hubiera gustado “consulta anterior” dada la densidad del texto. Asimismo, destaca que el proyecto de ley pretende implementar las recomendaciones de los Estados Generales de Justicia y apoyar el aumento de los recursos presupuestarios.

Sin embargo, según el CSM, “las medidas previstas no parecen coherentes con los objetivos anunciados y están para algunos lejos de las conclusiones del comité”. Por último, deplora que el texto que se le ha presentado no abarque “casi ninguna de las propuestas” formuló en su dictamen sobre la responsabilidad y protección de los magistrados presentado, en 2021, al Presidente de la República. En la cancillería, se especifica que el CSM trabajó en un texto que desde entonces ha sido modificado, teniendo en cuenta en particular la opinión del Consejo de Estado. Algunas observaciones quedarían así obsoletas.

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Una visión ligeramente conservadora

En su documento, el Consejo desarrolla una treintena de puntos que vuelven a las principales disposiciones del proyecto de ley. Aparece, implícitamente, una visión más bien tradicional –y un tanto conservadora– de los diversos problemas planteados.

Así, sobre la cuestión de la jerarquía judicial, el proyecto de ley orgánica pretende crear un tercer grado contingente que comprenda puestos directivos pero también puramente judiciales. Hasta ahora, solo había dos grados. Con este tercer grado, se trata de hacer más atractivos determinados cargos y de permitir que los magistrados con más tope permanezcan, si lo desean, en el terreno sin la obligación de ocupar puestos de dirección para los que no tienen no siempre gran apetito. . Si el CSM no se opone a esta idea, «preguntas, sin embargo, sobre la compatibilidad de este principio con las garantías fundamentales del estatuto de los magistrados judiciales [notamment l’inamovibilité des juges du siège] miQuiere que su implementación las respete estrictamente”. Asimismo, emite opinión desfavorable sobre la automaticidad de acceso al tercer grado de los magistrados designados para los cargos de jefes de jurisdicción.

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